Nueva norma de cascos para motorizados en Colombia

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Actualizado el 04-02-2022

Te explicamos cuáles son las nuevas reglas para uso de cascos en motocicletas, qué cascos estarán certificados y cómo conseguir la certificación y qué multas de tránsitopodemos recibir si nuestro casco de motorizado no es legal según la resolución.

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La actualización, renovación y mejora de los implementos de seguridad para motorizados y parrilleros ha sido de gran interés en los últimos años, no solamente por parte de los entes gubernamentales que controlan y organizan el tránsito, también por las diferentes organizaciones que conforman el gremio motorizado civil.

Esto ocasionó el desarrollo y creación de una nueva norma de cascos para motorizados en Colombia.


¿De qué trata esta regularización de cascos para motociclistas?

La resolución n° 0001080 del 19 de marzo del 2019 expedida por el Ministerio de Trasporte, indica que a partir del 23 de enero del 2021 serán tres las exigencias que comenzarán a exigir las entidades regulatorias de tránsito en todo el territorio colombiano. Descargue la resolución aquí

  • La primera de ellas se refiere a los mecanismos de aseguramiento del casco a la cabeza del motorizado, en donde se obliga a sujetarlos firmemente de todos los dispositivos diseñados para ello. Estos mecanismos suelen ser correas y broches, los cuales deben estar ajustados de manera adecuada, prohibiendo cualquier amarre o ajuste que no sean propios del sistema original del casco. Tampoco se aceptarán empalmes, o conectores rotos que puedan crear la posibilidad la caída del casco al momento de conducir o durante un accidente. 
  • La segunda indica que pueden existir dispositivos de comunicación como radios y celulares entre la cabeza y el casco para motorizados. Estos elementos pueden ocasionar distracción al manejar, o provocar la pérdida de control de la moto si se salen del casco o se mueven dentro de él. Podrán usarse, si forman parte de la estructura interna del casco, así como lo son los intercomunicadores internos entre motorizado y parrillero, o manos libres para celulares.
  • La tercera exigencia tiene que ver con los cascos que tengan cubierta o visor frontal abatible. No se permitirá la circulación en las vías del país, con cascos para motorizados que tengan visores y protectores faciales en una posición que no brinde protección al motorizado. 


¿A quién va dirigida la Resolución 0001080 sobre cascos de moto? 

La nueva normativa de cascos para motorizados en Colombia, va dirigida a aquellos propietarios, conductores y pasajeros de motocicletas, motocarros, cuatrimotos (Quads), mototriciclos y similares, sin importar el carácter de su uso.

Es decir, se aplicará en motorizados particulares, de empresas de trasporte (mototaxis), compañías de domiciliarios, empresas de seguridad y hasta en personal de entidades públicas que requieran el uso de este medio de movilización.

Para conocer más sobre las motos que ruedan en el país te recomendamos nuestro artículo sobre Tipos de moto en Colombia y requisitos de conducción.


¿Y qué hay sobre los comercios que venden cascos para motorizados?

El artículo 3 de la presente resolución es aplicable para los negocios comercializadores e importadores de cascos al por mayor y al detalle, los cuales se les permitirá importar y vender solamente mercancía certificada bajo la norma técnica NTC 4533-2017 que exige la realización de diversos ensayos técnicos para validar su calidad, destacando los siguientes:

  • Ensayo de visión periférica.
  • Extensión de la coraza y apertura del visor.
  • Capacidad de absorción de impactos.
  • Ensayo de rigidez.
  • Resistencia a la abrasión.
  • Ensayo de desprendimiento.

La importancia de la realización de estas pruebas radica en que, por medio de ellas se garantiza la resistencia de los cascos para motorizados en Colombia y, por consiguiente, la seguridad para todos los motorizados.

Si queremos conocer a profundidad la norma técnica NTC 4533-2017 de Cascos Protectores y sus Visores para Conductores y Acompañantes de Motocicletas, Motociclos y Motocarros, en su más reciente actualización, podemos acceder al siguiente enlace.


¿Cómo saber si un casco para motorizado es legal para su utilización?

Ya conocida la Resolución expedida por el Ministerio de Transporte y la norma en la cual se fundamenta, se nos hace necesario saber cuándo un casco para motorizados en Colombia cumple con los requisitos para ser usado en el país.

Por esta razón se definió un etiquetado estandarizado para todas las marcas y modelos de cascos comercializados, que muestre la información necesaria para la identificación de sus características y certificación.


Todo casco debe mostrar las siguientes especificaciones:

  • Nombre del producto: Especifica para que tipo de vehículo está diseñado.
  • Talla: Talla específica para el usuario.
  • País de origen: Lugar de fabricación.
  • Indicación de norma: Nombre de la normativa bajo la cual está certificado el producto.
  • Fabricante o importador: Datos de identificación del fabricante o empresa importadora.
  • Número de lote y fecha de producción: información sobre la fecha de fabricación.


Toda esta información deberá ser mostrada en castellano, y se encontrará etiquetada en un lugar del casco que no afecte su estructura, y que a su vez sea de fácil acceso y lectura.

Entidades como la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), vigilaran la importación y comercialización de este tipo de mercancías, evitando el contrabando y la reetiquetación de cascos.


Multas por conducir motocicletas con cascos no certificados

En cuanto a los comparendos la resolución 0001080 se regirá bajo los parámetros establecidos en la Ley 769 del 2002 del Código Nacional de Tránsito, que en su literal C establece una sanción por 15 SMLDV equivalentes a 454.260 pesos para el año 2021. Esta sanción podrá incluir inmovilización de la motocicleta.

  • La multa por conducir con cascos para motorizados no certificados también incluye a pasajeros, los cuales deben apegarse de igual forma a las normativas de tránsito.
  • La presente regulación entrara en vigencia luego de transcurrir 12 meses desde su publicación, tiempo considerado suficiente para su divulgación y posterior aplicación.

A partir del 23 de enero del 2021, debemos estar muy atentos a los operativos de control y vigilancia de tránsito terrestre, los cuales muy probablemente comenzaran a exigir cascos para motorizados que cumplan con la nueva normativa. Evitemos ser sancionados por las autoridades, simplemente por no estar informados y actualizados en las respectivas reglamentaciones existentes al momento de conducir. 

El objeto de todo esto es mejorar los diferentes dispositivos de seguridad disponibles en el mercado para motorizados, a su vez generando tranquilidad y protección a los usuarios de carreteras y vías en Colombia.

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