A los peatones les están prohibidas las siguientes conductas:
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- A) Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el guardavía del ferrocarril.
- B) Todas las anteriores.
- C) Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, ni transitar en ésta en patines, monopatines, patinetas o similares.
- D) Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.
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